La participación en los servicios de balance requiere la habilitación previa por parte de Red Eléctrica como operador del sistema, que verificará el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las Condiciones relativas al balance del sistema eléctrico peninsular español:
Una vez que tu instalación cumple los puntos anteriormente indicados, deberás solicitar la habilitación de la Unidad de Programación en la que está integrada dicha instalación en el correspondiente servicio de balance, ya que la prestación de estos servicios (ofertas y asignaciones) se realiza a nivel Unidad de Programación.
Si tienes dudas te recomendamos la lectura detallada de la “Guía descriptiva para ser proveedor de servicios de balance”.
Realiza las pruebas para participar en los servicios de balance
Los protocolos de pruebas para la participación en los servicios de balance están recogidos en la Resolución de 18 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen los criterios para participar en los servicios de ajuste del sistema y se aprueban determinados procedimientos de pruebas y procedimientos de operación para su adaptación al Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Accede desde aquí a la resolución que regula las pruebas para participar en los servicios de balance.
Habilita la Unidad de Programación como proveedora de servicios de balance
Una vez que tu instalación ha superado con éxito las pruebas, deberás solicitar la habilitación de la Unidad de Programación en la que está integrada la instalación como proveedora del correspondiente servicio de balance.