Los trabajos deben solicitarse antes del 10 de mayo del año anterior al año de estudio. Tras el periodo de evaluación, el operador del sistema comunicará el resultado del plan a todos los sujetos afectados hasta el 15 de julio inclusive del año anterior al año de estudio.
Posteriormente, se realizan cuatro revisiones de este plan donde se pueden comunicar nuevas solicitudes o modificaciones de las solicitudes consideradas en el plan inicial. Las cuatro revisiones consideradas son:
- Primera revisión: solicitudes comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de estudio. Se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes comunicadas antes del 30 de septiembre del año anterior al año de estudio y se tendrá de plazo para comunicarlo hasta el 1 de diciembre inclusive del año anterior al año de estudio.
- Segunda revisión: solicitudes comprendidas entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre del año de estudio. Se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes comunicadas antes del 1 de enero y se tendrá de plazo para comunicarlo hasta el 15 de febrero inclusive.
- Tercera revisión: solicitudes comprendidas entre el 15 de mayo y el 31 de diciembre del año de estudio. Se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes comunicadas antes del 10 de marzo y se tendrá de plazo para comunicarlo hasta el 25 de abril inclusive.
- Cuarta revisión: abarca el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre del año de estudio. Se tendrán en cuenta todas aquellas solicitudes comunicadas antes del 15 de julio y se tendrá de plazo para comunicarlo hasta el 8 de septiembre inclusive.
Vista Calendario. Pincha en la imagen para ver el calendario en detalle.
Vista Gantt. Pincha en la imagen para ver la vista Gantt en detalle.